Escribano: Antiguamente, se llamaba escribano al que por oficio público estaba autorizado para dar fe de las escrituras y demás actos que se desarrollaban ante él.
Desde su conquista y a lo largo de la Edad Media y la Edad Moderna el concejo de Sevilla poseyó, por privilegios de Alfonso X y de Alfonso XI, el derecho de nombrar a los escribanos públicos que ejercerían su labor tanto en la propia ciudad como en las villas y lugares que se encontraban bajo su jurisdicción, en el denominado “alfoz” sevillano. Este sistema se asemejaba al de muchas otras ciudades castellanas que, con mayor o menos injerencia de la Corona, tenían autoridad para nombrar a sus escribanos y proveían las escribanías públicas.
Aunque el nombramiento de los escribanos era una prerrogativa del concejo hispalense, ésta no fue aplicada siempre de forma directa, sino que en muchas ocasiones se limitaban a confirmar la elección que ya habían hecho en la propia villa, que solía recaer en un hijo o pariente del antiguo escribano, fomentando así la creación de sagas familiares. Eso sí, aunque no los eligieran de forma directa, su intervención era imprescindible, porque sólo ellos podían legitimarlo en su cargo y era en el concejo sevillano donde se elaboraba el necesario título de escribano público para el ejercicio de sus funciones.
Prueba de ello es una carta de nombramiento que el Concejo de Sevilla entregó a Diego Ortíz, vecino de la villa de El Bodonal, actualmente Bodonal de la Sierra, como escribano público de la villa, ocupando un oficio que había quedado vacante por muerte de su anterior propietario, Juan Martín Moreno. De esta circunstancia puede extraerse que, si bien la ciudad tenía derecho a nombrar escribanos públicos según fuese su voluntad, no podía sin embargo crear nuevos oficios de escribanía -acrecentarlos, como se denomina esta práctica que con tanta frecuencia practicó la Corona en beneficio de la Real Hacienda-, sino que sólo podía proveer aquellos que ya existían.
Este documento, otorgado en Sevilla en julio de 1546, hace mención a la probada capacidad del beneficiario para ejercer un oficio de escribanía pública así como a los méritos que le hacen acreedor de dicha merced.......
Otro elemento a destacar de este documento es la circunstancia de que el oficio no se le concedía con carácter perpetuo ni se le daba al escribano en propiedad, sino que se especifica claramente que se le concedía sólo mientras el concejo así lo quisiera: —para que vsedes y exerçades el dicho ofiçio de escrivanía pública de la dicha villa tanto tiempo quanto nuestra boluntad fuere—. Esta cláusula era importante ya que permitía al concejo apartar del oficio a quienes lo usasen mal o cometiesen otros delitos.
Pero junto a estos escribanos a quienes el poder municipal había conferido su auctoritas, en la tierra de Sevilla ejercían también otros que, si bien, como era preceptivo, habían recibido su oficio de escribanía a manos de concejo, poseían con anterioridad la fe pública por nombramiento Real. En 1570 había en el Reino de Sevilla al menos cinco escribanos públicos que poseían además el título de escribano del Rey, que eran Bartolomé del Álamo, escribano público y de la hermandad de Cumbres Mayores, nombrado en 1526, Lorenzo de Pareja, escribano público del mismo pueblo, nombrado en 1552, Diego y Ángel de León, padre e hijo, escribanos públicos de Fregenal de la Sierra, nombrados en 1526 y 1557 respectivamente, y, de nuevo, Diego Ortiz, escribano de El Bodonal, quien, en 1547, un año después de haber obtenido su nombra miento como escribano por la ciudad de Sevilla, acudió a la Corte a ser nombrado escribano real.
No conocemos a ciencia cierta los motivos que impulsaron a este escribano a obtener su doble título, pero es posible que su posesión le diese acceso, algunos años más tarde, en 1568, al oficio de escribano de la justicia de Fregenal de la Sierra, un oficio que, en 1572 se valoró en 2500 ducados, frente a los 30 en los que estaba tasada su anterior escribanía del número en El Bodonal, lo que supondría una más que sensible mejora en su situación socio-económica y su prestigio profesional. Este nombramiento como escribano de la justicia emanó, como así lo establecía su privilegio, del concejo de Sevilla, y en él se especifica la existencia de este doble nombramiento —a vos Diego Ortiz, escriuano de su magestad e vezino y escriuano público de la villa del Bodonal—,
Fuente: El acceso al oficio de escribano público en el antiguo Reino de Sevilla (Siglo XVI) - María Luisa Dominguez Guerrero.
Escribano público |
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- Bodonal junto con otras localidades pacenses, pertenecieron al Reino de Sevilla, desde la Baja Edad Media hasta 1833, año en que se produce la última división provincial.
- Bodonal en 1860, pasa a llamarse Bodonal de la Sierra, ver aquí
- Otras referencias publicadas en el blog, donde se cita a Escribanos públicos en Bodonal:
- Año de 1601, en una causa despachada por la Inquisición de Llerena en el auto público de la fe, contra Juan de Orgaz -Escribano, vecino de Bodonal-. articulo "Bodonal de Judíos" aquí
- Año de 1600, cuando una esclava, propiedad de un vecino de Bodonal, otorga un poder (caso rarísimo) ante un Escribano. articulo "tráfico de esclavos africanos o trata de negros - Bodonal, Siglo XVII" aquí
- Año de 1703, cuando se funda la Obra Pía de Don Blas Marquez, ante el escribano de Bodonal Gaspar Gabriel Cortés. articulo "hoy hace 314 años que Don Blas Marquez (hijo Predilecto de la Villa) otorgó testamento, en el que se estipulaba la creación de la Obra Pía que lleva su nombre" aquí
- Año de 1752, en las respuestas Generales del Catastro del Marqués de la Ensenada, donde se dice que en Bodonal había a esa fecha un Escribano Público de Cabildo y Rentas. articulo "Bodonal en 1752, Las Respuestas Generales del Catastro del Marqués de la Ensenada - Parte II" aquí
- Año de 1815, cuando en la Gaceta de Madrid se dice, que para cubrir la plaza de médico titular de Bodonal los pretendientes dirigirán sus memoriales al escribano del Ayuntamiento D. Nicolás Timón y Real. articulo "Bodonal en la Gaceta de Madrid, hace 200 años, publicación para cubrir la plaza de médico" aquí
Jesús, si a cualquier escribano, no ya de aquellos tiempos sino de los años 50/60 del pasado siglo, se les pudieran enseñar los avances tecnológicos que hoy existen en la sociedad deguro que lo creerían, porque en medio siglo y poco más, hemos pasado de trabajar amanuense todos los documentos por triplicado ejemplar y en papel del Estado, a operar desde el móvil y archivar en la nube. Somos los de nuestra edad, y muchos cómo yo,no utilizamos por precaucion el móvil para operar financieramente, aunque nos digan atrasados. Cómo decían en La Verbena de la Paloma: Las ciencias avanzan que es una barbaridad. Saludos Juanjo
ResponderEliminarMuchas gracias Juanjo
EliminarMas um pouco da história de Bodonal, e da profissão de amanuense (escrivão ou escriturário).
ResponderEliminarsaludos,
Un cordial saludo Jacinto
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